sábado, 4 de febrero de 2012

JNE:CONFIRMA VACANCIA DE EX ALCALDE SANTIAGO MOZO EN VILLA EL SALVADOR

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la vacancia de Santiago Mozo Quispe como alcalde del distrito de Villa El Salvador, al declarar infundado el recurso extraordinario por afectación al debido proceso que presentó contra la resolución del 14 de diciembre que dispuso dicha sanción.
En efecto el pleno del JNE ha emitido la Resolución Nº 049-2012-JNE por la cual RESUELVE:
Artículo único.- Declarar INFUNDADO el recurso extraordinario por afectación al debido proceso y a la tutela procesal efectiva interpuesto por Santiago Mozo Quispe interpuesto contra la Resolución N.° 0818-A-2011-JNE, del 14 de diciembre de 2011.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
SIVINA HURTADO
PEREIRA RIVAROLA
DE BRACAMONTE MEZA
VELARDE URDANIVIA
Bravo Basaldúa
Secretario General                                                                                                  
De esta manera con esta Resolución el JNE define como última instancia en maeria electoral la situación legal del ex alcalde Santiago Mozo Quispe.
Recordemos que el señor Santiago Mozo Quispe fue vacado por incurrir en la causal prevista en el artículo 22, numeral 6, de la Ley Orgánica de Municipalidades. Es decir, por ejercer el cargo mientras contaba con una condena consentida por delito de defraudación tributaria, dictada por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema de Justicia.
En efecto, el ex alcalde Mozo Quispe fue condenado por la Sala Penal Nacional de la Corte Suprema el 25 de agosto del 2008 a cuatro años de pena privativa de la libertad, suspendida por el periodo de prueba de dos años, bajo determinadas reglas de conducta, además del pago íntegro de la deuda tributaria como reparación civil.

En el recurso extraordinario, la citada ex autoridad señala que el JNE hizo una interpretación restrictiva de lo dispuesto por el Poder Judicial respecto al momento de la rehabilitación, a lo que el pleno de este organismo asevera que actuó con criterio de conciencia, tal como se lo permite el artículo 181 de la Constitución.
El colegiado también argumenta que no puede aplicarse en este caso lo resuelto en relación al distrito de La Brea, tal como lo pide Mozo Quispe, puesto que en dicho proceso sí se consignaba expresamente la fecha de rehabilitación.
Se indica también que el voto de los magistrados posee diferentes motivaciones, pero todos concluyen en el mismo veredicto y que ello no significa que existiría alguna contradicción con lo resuelto.

El JNE sostiene que en el caso de la vacancia del señor Santiago  Mozo Quispe no hay vulneración alguna al debido proceso o a la tutela procesal efectiva, ya que el pleno del órgano electoral actuó respetando cabalmente las normas procedimentales.

Por lo cual cumplo con hacer de conocimiento a la población del distrito de la decisión finaltomada por el Jurado Nacional de Elecciones.

La Resolución Nº 049-2012-JNE, ya se encuentra publicada en el portal del JNE y ya está siendo difundida por los principales medios de comunicación.

Atentamente.

Prof. Rubén Nerio Vílchez.

Presidente de la Liga Distrital de Fútbol de Villa el Salvador.

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